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Ayudas Grupos Operativos

AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN DE PROYECTOS INNOVADORES EN LOS SECTORES AGROALIMENTARIO Y FORESTAL POR PARTE DE LOS GRUPOS OPERATIVOS DE LA ASOCIACIÓN EUROPEA PARA LA INNOVACIÓN EN MATERIA DE PRODUCTIVIDAD Y SOSTENIBILIDAD AGRÍCOLA.

Finalidad

Ayudas destinadas a la realización de proyectos innovadores en los sectores agroalimentario y forestal por parte de los Grupos Operativos de la Asociación Europea para la Innovación (AEI) en materia de productividad y sostenibilidad agrícola, conforme al Decreto 140/2017, de 5 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la realización de proyectos innovadores por parte de los Grupos Operativos de la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícola (DOE n.º 174, de 11 de septiembre), modificado por el Decreto 88/2018, de 19 de junio (DOE n.º 122, de 25 de junio), y por el Decreto 176/2018, de 23 de octubre (DOE n.º 210, de 29 de octubre).

 

Destinatarios

Podrán ser solicitantes de esta ayudas la agrupaciones beneficiarias constituidas como Grupos Operativos de la AEI al amparo del Decreto 94/2016, de 5 de julio, así como las agrupaciones que se constituyan como Grupos Operativos al amparo del Decreto 140/2017, de 5 de septiembre.

 

 Podrán ser beneficiarios de la ayuda:

1. Las agrupaciones beneficiarias constituidas como Grupos Operativos de la AEI al amparo del Decreto 94/2016, de 5 de julio, por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas para fomentar la creación en Extremadura de Grupos Operativos de la Asociación Europea para la Innovación en materia de productividad y sostenibilidad agrícola.

2. Agrupaciones que se constituyan como Grupos Operativos al amparo del Decreto 140/2017, de 5 de septiembre, que pretendan la realización de proyectos de innovación a través de su representante de acuerdo con el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de los sectores agroalimentario y forestal: tales como agricultores, ganaderos, silvicultores, gestores forestales, comunidades rurales, empresas, agrupaciones de productores, cooperativas, SAT, las comunidades de regantes, organizaciones interprofesionales y demás partes interesadas en la innovación en el sector agroalimentario, agrícola, ganadero y forestal.

2.1. Los miembros de las agrupaciones serán preferiblemente de ámbito regional, permitiéndose, siempre que no sea mayoritaria, la participación de actores o socios tecnológicos de fuera de la Comunidad Autónoma cuando ello resultare justificado y se desarrolle exclusivamente en beneficio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

2.2. Al menos, dos de los miembros, de las Agrupaciones deberán ser independientes entre sí, no podrán tener relación de dependencia, orgánica, funcional o económica.

3. Cada uno de los miembros de las Agrupaciones también se consideran beneficiarios.

Plazo de presentación

2022: del 20 de julio al 31 de agosto, ambos incluidos.

Lugar de presentación

Oficinas de registro...

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