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Convenio entre el FEGA y Extremadura para el control de monitorización de parcelas

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado el convenio entre el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) y la Junta de Extremadura para realizar controles por monitorización sobre las parcelas agrícolas declaradas en la solicitud única de las campañas 2021 y 2022 de los criterios de admisibilidad, compromisos y otras obligaciones que puedan ser objeto de control.

La consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, Begoña García Bernal, y el presidente de FEGA, Miguel Ángel Riesgo Pablo, han suscrito el documento de colaboración para llevar a cabo los controles que se realizarán mediante datos de satélites Sentinel de Copernicus u otros datos con valor al menos equivalente, con el objeto de recabar conclusiones sobre la admisibilidad de las ayudas directas y medidas de desarrollo rural establecidas en el ámbito del Sistema Integrado de Gestión y Control.

Entre otros compromisos, el fondo estatal acometerá el control de monitorización en territorio extremeño, coordinará las actividades del proyecto, incluidas aquellas para desarrollar por la Comunidad, de mejorar y adaptar desarrollos y herramientas en la plataforma; la adquisición de imágenes satélite, preparación y tratamiento de las mismas, y analizará el impacto económico, entre otras actuaciones.

Para ello, el FEGA anticipará la financiación del proyecto, según se detalla en el Anexo I de la resolución del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y entregará a la región los resultados provisionales y finales de los trabajos realizados, así como los documentos de liquidación, previos al pago.

En cuanto a la Junta de Extremadura, se compromete a realizar el control de los requisitos no monitorizables de carácter documental correspondientes a los regímenes de ayudas directas monitorizados en su ámbito territorial, así como a controlar los requisitos de las medidas de desarrollo rural monitorizadas en su ámbito territorial.

También se encargará de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de comunicación con los beneficiarios, informándoles de la decisión de realizar controles por monitorización y estableciendo un sistema de comunicación que permita comunicar a los beneficiarios, al menos, los resultados provisionales a nivel de parcela, además de las alertas y solicitudes de evidencias adicionales.

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